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Ante la aprobación en Primera Discusión en fecha 5 de febrero de 2026, y luego de la publicación oficial del proyecto de Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática (en adelante, la Ley de Amnistía o Proyecto de Ley de Amnistía) realizada en fecha 6 de febrero de 2026 por parte de la Asamblea Nacional, desde COFAVIC debemos recordar que todas las víctimas de violaciones de los derechos humanos conservan de forma inalienable e integral su derecho a la verdad, la justicia y la reparación. En este sentido, las amnistías no deben constituir un atajo para la impunidad.

Asimismo, debemos reafirmar que es una obligación ineludible e intransferible del Estado la publicación de la lista de personas detenidas, lo cual es un estándar central del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, directamente vinculado con la prevención de la desaparición forzada conforme a los estándares del sistema universal y del sistema interamericano de derechos humanos y a las garantías del debido proceso. La no publicación u ocultamiento de la información es un indicador típico de desaparición forzada, como lo ha establecido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la publicidad y trazabilidad de las detenciones es una obligación del Estado, no una concesión discrecional. El Estado tiene la obligación internacional de llevar y hacer accesible un registro oficial, completo y actualizado de todas las personas privadas de libertad. La negativa a publicar o permitir el acceso a dicha información constituye una violación grave del derecho a la libertad personal y un factor determinante de desaparición forzada, conforme a los estándares del sistema universal y del sistema interamericano de derechos humanos

Publicamos este documento, en el que hemos desarrollado un análisis jurídico preliminar del Proyecto de Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática (Ley de Amnistía) desde una perspectiva penal y constitucional, incorporando citas textuales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y estándares del sistema universal de protección de derechos humanos.  El análisis se orienta especialmente a evaluar la compatibilidad del Proyecto de Ley de Amnistía con los límites constitucionales y las obligaciones internacionales de la Republica Bolivariana de Venezuela.