La Misión de Determinación de Hechos para Venezuela presentó la actualización de su informe sobre derechos humanos en la sesión 61 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. El periodo al que se refiere el documento abarca desde septiembre de 2025 hasta la fecha. En este la vocera del equipo de investigación, María Eloísa Quintero, hizo un resumen sobre el contenido de sus hallazgos. En relación con las últimas semanas, la Misión señaló sus observaciones acerca de las recientes excarcelaciones de personas detenidas arbitrariamente por motivos políticos, y la aprobación y aplicación de la Ley de Amnistía. Al respecto, señalaron:
“No hay datos ciertos y únicos sobre la identidad y el número de los denominados “presos políticos”; las cifras oficiales sobre las personas encarceladas y excarceladas son problemáticas y no pueden ser corroboradas. El 23 de enero, Delcy Rodríguez cifró el número de personas excarceladas en 626, mientras que las organizaciones no gubernamentales estiman que el número fue significativamente menor. Por otro lado, el 20 de febrero, la Asamblea Nacional adoptó por unanimidad la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática. Toda ley de esta naturaleza es un instrumento positivo. No obstante, la ley no establece una amnistía general, sino que la limita a personas detenidas o procesadas por delitos derivados de una lista tasada de acontecimientos. La Misión acogió con satisfacción la nueva ley, pero también ha expresado serias reservas. Entre ellas se encuentran las siguientes: Primero, la Ley fue adoptada en un plazo acelerado, lo cual impidió un proceso consultivo transparente e inclusivo. Segundo, la Ley no reconoce la responsabilidad del Estado por violaciones de derechos humanos. No contempla procesos trasparentes e integrales, investigaciones independientes, ni mecanismos de búsqueda de la verdad. Tampoco se reconoce a las víctimas de la represión, a las que se sigue caracterizando como delincuentes, sin derecho a una reparación efectiva. Tercero, el alcance de la Ley de Amnistía es arbitrariamente restrictivo, limitándose a delitos (no ilícitos civiles, disciplinarios, administrativos y otros) y a una lista acotada de acontecimientos. La amnistía excluye a un gran número de personas detenidas en relación con otros hechos como las presuntas “acciones armadas o de fuerza” contra la soberanía y la integridad territorial del país, una acusación usada frecuentemente por las autoridades para detener a militares, exmilitares y civiles”.






