18 - 05 - 2013

18/05/2013 – La Comisión de Justicia y Paz de Aragua y COFAVIC denuncian que con el décimo asesinato continua el exterminio de la familia Barrios en Aragua


Caracas, 18 de mayo de 2013. El Comité de familiares de las víctimas de los sucesos de febrero y marzo de 1989 (COFAVIC) y la Comisión de Derechos Humanos de Justicia y Paz del Estado Aragua (Comisión de Justicia y Paz de Aragua) rechazan muy firmemente el asesinato de un nuevo integrante de la familia Barrios, Ronis David Barrios Alzul, de 17 años de edad, ocurrido el 16 de mayo de 2013. Por lo que las organizaciones solicitan una investigación urgente y eficaz del hecho.

Según la información aportada por la familia, el joven fue encontrado sin vida, con heridas de arma blanca en un parcelamiento ubicado en Guanayén, municipio Urdaneta del estado Aragua, esto también de acuerdo con reportes brindados por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas  (CICPC) y la Policía del estado Aragua, publicados en un diario regional[1].
El joven Barrios, hijo de Luis Alberto Barrios, también asesinado en el 2004, es  el décimo integrante de esta familia de agricultores que habita en el estado Aragua que ha muerto.Estos crímenes han ocurrido aun cuando esta familia desde el año 2004 tiene medidas provisionales de protección de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como de un tribunal nacional y además es un caso con una sentencia de la Corte Interamericana, emitida el 24 de noviembre de 2011.
 En esta sentencia se condena al Estado venezolano por la violación al derecho a la vida, integridad personal, derechos de protección a niños integrantes de la familia; derecho a la circulación y residencia, garantías y protecciones judiciales, así como por no prevenir y sancionar la tortura.  Se responsabilizó al Estado venezolano por la violación al derecho a la vida de Benito Antonio Barrios, Narciso Barrios, Luis Alberto Barrios, Rigoberto Barrios, Oscar José Barrios, Wilmer José Flores Barrios y Juan José Barrios; así como la violación al derecho a la integridad, libertad personal, garantías y protección judicial de varios integrantes de la familia.
La Comisión de Justicia y Paz del Estado Aragua, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y COFAVIC han solicitado formalmente a las autoridades venezolanas,  en diversas ocasiones, que se proceda de manera inmediata a garantizar la integridad personal y la vida de la familia Barrios. La mayoría de los asesinatos y atentados que ha sufrido esta humilde familia campesina de Aragua han ocurrido bajo  el dictamen de medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Por los asesinatos de la familia Barrios, las autoridades venezolanas  no han hecho ni un solo comunicado ni un llamado público que determinara su rechazo ante este exterminio. Este desinterés revela que en Venezuela hay un doble rasero para las víctimas y que hay unas víctimas que merecen atención del Estado y que otras resultan insignificantes, porque carecen de impacto proselitista.
Diversos organismos internacionales, como Amnistía Internacional,  la Organización Mundial contra la Tortura (OMCT), Frontline Defenders y  todos los órganos del sistema interamericano han solicitado al Estado venezolano, en múltiples ocasiones, la protección de los sobrevivientes de la familia Barrios. Todos estos exhortos han sido ignorados sistemáticamente por el Estado y este desconocimiento ha contribuido, sin duda alguna, a que los criminales que han acosado a esta familia se sientan amparados  a través de la impunidad y de la omisión del Estado.
El Estado venezolano debe sin más dubitaciones detener el progresivo exterminio y garantizar la seguridad, el derecho a la vida y la integridad personal  de los sobrevivientes de la familia Barrios. El único camino para que el Estado venezolano se desligue como política de Estado  de este exterminio y pueda afirmarse que estamos ante hechos que no gozan de su tolerancia es que de inmediato se cumpla la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el caso de la familia Barrios.
El acatamiento  urgente de este dictamen debe sacarse del juego político y ser totalmente independiente  de la posición que pueda tener el Estado ante los órganos del sistema interamericano. Los mayores antecedentes de exterminio en las Américas pertenecían a las dictaduras de derecha de Guatemala, hechos que han sido objeto de recientes condenas por la justicia de ese país. No debería  el Estado venezolano por su omisión y su tolerancia asimilarse a estas acciones.
El caso Barrios lamentablemente configura un punto de inflexión en las Américas porque  es un retroceso lamentable para las democracias y para los derechos humanos que aun cuando las víctimas han acudido al sistema interamericano y obtenido una sentencia condenatoria por las violaciones de derechos humanos sufridas, durante el proceso contencioso se hayan producido más muertes en el mismo núcleo familiar que las que dieron origen a la denuncia en el sistema interamericano y esa responsabilidad es indelegable del Estado Venezolano.
Por todo lo anterior, COFAVIC y la Comisión Justicia y Paz de Aragua solicitan al Estado venezolano dar cumplimiento a los puntos resolutivos de la sentencia emitida por la Corte Interamericana en el caso de la familia Barrios, en especial los siguientes: a) Conducir eficazmente la investigación penal de los hechos del presente caso a fin de esclarecerlos, determinar las correspondientes responsabilidades penales y aplicar efectivamente las sanciones y consecuencias que la ley prevea; b) examinar, de acuerdo con la normativa disciplinaria pertinente, las eventuales irregularidades procesales e investigativas relacionadas con el presente caso, y en su caso, sancionar la conducta de los servidores públicos correspondientes; c) brindar atención médica y psicológica a través de sus instituciones públicas de salud especializadas a las víctimas que así lo soliciten; d) continuar con las acciones desarrolladas en materia de capacitación e implementar, en un plazo razonable, un programa o curso de formación para los policías del estado Aragua.
Antecedentes del Caso Barrios:
En 1998 la familia Barrios estaba compuesta por la señora Justina Barrios, sus 12 hijos e hijas, sus compañeros y compañeras de vida y 22 nietos y nietas. Desde entonces y hasta 2012 han ocurrido nueve asesinatos de integrantes de la familia Barrios, los cuales tienen dos denominadores comunes: las víctimas habían sido testigos de los actos de amedrentamiento o incluso de los asesinatos de sus familiares, además habían denunciado los hechos y el segundo elemento que se encuentra en todos los casos es la impunidad institucionalizada.
Las residencias de algunos de los miembros de las familias fueron allanadas y sus bienes sustraídos y destruidos en el año 2003, y otros integrantes de la familia, incluidos niños, han sido detenidos, agredidos y amenazados en diversas oportunidades en los años 2004 y 2005. Varios integrantes de la familia dejaron Guanayén y fueron a vivir a otras localidades.
La denuncia del caso Barrios fue enviada por la Comisión de Justicia y Paz de Aragua y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el 16 de marzo de 2004, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Fue admitida el 25 de febrero de 2005, mediante el informe Nº23/05. La CIDH sometió el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos,  el 26 de julio de 2010.
La Corte Interamericana reseña, en la sentencia, como parte del contexto en Venezuela el accionar de grupos parapoliciales en el país y en especial el grave esquema de impunidad en  casos de ejecuciones extrajudiciales. Este fenómeno está íntimamente ligado a la impunidad generalizada que caracteriza a la administración de justicia en el país.
Las medidas de protección provisionales, dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 23 de noviembre de 2004, para garantizar la vida e integridad física de los integrantes de la familia, han sido sistemáticamente desatendidas.

 


[1] Diario El Siglo. Con cuatro heridas de arma blanca hallaron muerto a un adolescente. Publicado en edición del 18 de mayo de 2013.http://www.elsiglo.com.ve/Edicion-impresa