24 - 09 - 2015

La impunidad, un crimen de lesa humanidad


El Sistema Interamericano de Derechos Humanos reconoce la impunidad como crimen de lesa humanidad, en tanto que tras de ella, encontramos maltratos a la integridad física y psicológica de una persona y su familia, así como el detrimento de una sociedad. Un mecanismo que permite para los autores de graves violaciones a los derechos humanos ocultarse de la acción punitiva de una sociedad. Ésta que a su vez, frente a la falta de castigo, se desarticula y aliena, producto del rechazo y resentimiento colectivo que generan las injusticias.

Una víctima, de acuerdo al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, “es la persona que denuncia violaciones a sus derechos y reclama auxilio para lograr la justicia postergada”. En ese sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos la define como: “la persona cuyos derechos humanos han sido violados de acuerdo con la sentencia emitida por la Corte”. Son consideradas como la parte afectada durante el proceso penal, sin embargo, las características y duración de éste impactará de manera significativa en la recuperación y resarcimiento al daño infringido.

Estas situaciones donde las expectativas de las víctimas contrastan con los avances y experiencias de un proceso judicial dilatado y sin las debidas garantías judiciales, generan en las víctimas nuevos daños o afectación, definido esto como re-victimización o re-traumatización, que es el proceso en el que–socialmente-, la persona no se ve recuperada, sino que sus derechos se ven nuevamente vulnerados tras la no atención por parte de las instituciones encargadas.

El término re-victimización también es reconocido dentro de la victimología criminológica, empleándose en ocasiones, el término victimización secundaria, para referirse a todas aquellas situaciones que “se derivan de las relaciones de la víctima con el sistema jurídico-penal”. Este concepto enfatiza en las percepciones de las víctimas sobre lo que considera protección de las instituciones, debida diligencia, justicia y reparación. Toma en cuenta la dinámica Estado-Víctima y la manera cómo esta última deposita su confianza en el desarrollo de las investigaciones, su participación en los procesos de juicio y su satisfacción frente a una decisión de un tribunal, bien sea de sanción o de absolución a los responsables de violaciones a los derechos humanos.

Sin embargo, cuando se trata de casos vinculados a ejecuciones extrajudiciales, torturas, desaparición forzada de personas, cometidas presuntamente por agentes estatales, no sólo el proceso penal se impregna de una dinámica particular, sino que la sensación de miedo y amenaza suele estar presente. Las víctimas temen por su integridad y la de sus familias, frente a la idea de que los agentes del Estado señalados como presuntos responsables de violaciones a los derechos humanos, tomen represalias. Nuevamente las víctimas deben activar un nuevo repertorio de conductas orientadas a protegerse y en esta etapa, las instituciones responsables de la investigación, como por ejemplo, fiscales del Ministerio Público, deben activar los mecanismos previstos en las leyes del país, para preservar la integridad de los denunciantes y asegurar que la impunidad sea la excepción y no la regla.

En Venezuela, desde el año 2009 los organismos competentes en materia de derechos humanos modificaron el formato de presentación de la mayoría de sus informes, eliminaron datos específicos sobre el tipo de violaciones de derechos humanos, no hay individualización de los casos, contribuyendo a la opacidad institucional que impide un efectivo acceso a la información de órganos claves, como lo son: el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo y el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC).

Sin embargo, a pesar de las escasas cifras generales publicadas en los informes anuales de los organismos del Estado, con los datos disponibles es posible deducir que en el país existe un grave esquema de impunidad en las violaciones de derechos humanos. El Informe Anual del Ministerio Público del año 2014, describe que ingresaron a la Dirección de Protección de Derechos Fundamentales, 8.049 casos de presuntas violaciones a los derechos humanos, pero solo se realizaron 105 juicios, lo que representa 1.3% del total; esto quiere decir que 99% de los casos, no llega a fase de juicio.

Un importante paso para reducir la violencia en el país, sería fortalecer todos aquellos mecanismos destinados a proteger el derecho humano a las garantías judiciales, previsto en nuestra constitución y en tratados internacionales de protección de derechos humanos suscritos y ratificados por la República.

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