Actuar en la defensa de los derechos humanos es una actividad de alto riesgo
Los defensores y defensoras de Derechos Humanos se sitúan en la primera línea de lucha por los derechos de los ciudadanos. Son hombres y mujeres a la vanguardia de una lucha que intenta hacer realidad los ideales proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Los defensores y defensoras están allí, donde existe persecución y opresión; donde se priva a las personas de sus derechos humanos o se ve amenazada la dignidad humana. Donde hay minorías perseguidas o acosadas, y personas en peligro, los defensores y defensoras están presentes.
La mayoría de los defensores y defensoras de los derechos humanos desarrollan su actividad en el plano nacional o local, en defensa del respeto de esos derechos en sus propias comunidades y países. En esas situaciones, sus principales homólogos son las autoridades locales encargadas de garantizar el respeto de los derechos humanos en una provincia o el país en su conjunto.
Actúan en todas las partes del mundo: tanto en los Estados que están divididos por conflictos armados internos como en los que son estables; en los no democráticos y en los que el ejercicio de la democracia está firmemente asentado; en los que económicamente están en desarrollo y los clasificados como países desarrollados. Se esfuerzan en promover y proteger los derechos humanos en el contexto de diversos problemas, en particular el VIH/SIDA, el desarrollo, la migración, las políticas de ajuste estructural y transiciones políticas.
Sin embargo, algunos defensores y defensoras actúan en el plano internacional o regional. Por ejemplo, pueden supervisar una situación regional o mundial en materia de derechos humanos y remitir información a mecanismos regionales o internacionales, incluidos los relatores especiales de las Naciones Unidas. Su labor es cada vez más variada: se concede atención prioritaria a las cuestiones de los derechos humanos en el plano nacional y local, pero mantienen contactos con los mecanismos internacionales y regionales que puedan ayudarles a mejorar la situación en sus países.
En la Declaración de la Organización de las Naciones Unidas sobre los Defensores y Defensoras de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 1998, la ONU no solo reconoció su legitimidad al considerar la defensa de los derechos humanos como un derecho en sí mismo, sino también el papel decisivo que desempeñan y la necesidad de garantizar su protección.
Los defensores y defensoras de derechos humanos son todas aquellas personas que:
Comparten la declaración Universal de los Derechos Humanos.
Difunden con otros la importancia de los derechos humanos.
Expresan su criterio cuando los derechos de otra persona están en peligro o son atacados.
Defienden los derechos de otras personas, luchan y denuncian las injusticias sociales.
Piden a los dirigentes políticos que apoyen los derechos humanos.
En la vida cotidiana pugnan contra los mitos culturales que van en contra de los derechos humanos.
Defienden la tolerancia y luchan contra los prejuicios.
Practican la autocrítica y ponen en tela de juicio sus propias ideas y prejuicios.
Usan las redes sociales y demás plataformas digitales para apoyar a quienes se enfrentan a represalias por defender los derechos humanos.
Instan a los dirigentes de su comunidad (religiosos, deportivos o culturales) a que formulen compromisos públicos con los derechos humanos.
Integran la perspectiva de género en su labor como defensora o defensor de derechos humanos.
Trabajan teniendo en cuenta el enfoque diferencial que permite mejorar la incidencia política y la gestión del desarrollo humano, con una comprensión sociocultural o reivindicación de derechos de un pueblo o sector determinado.
En realidad, el trabajo de los defensores y defensoras de los derechos humanos es más bien un compromiso fundamental para visibilizar situaciones de injusticia social, combatir la impunidad e impulsar los procesos democráticos en todo el mundo.
Los defensores y defensoras abordan cualquier problema de derechos humanos, el cual puede comprender desde las ejecuciones sumarias hasta la tortura, la detención y prisión arbitrarias, la mutilación genital de las mujeres, la discriminación, las cuestiones laborales, las expulsiones forzadas, el acceso a la atención sanitaria o los desechos tóxicos y su impacto en el medio ambiente. Actúan en favor de derechos humanos tan diversos como el derecho a la vida, la alimentación y el agua, el nivel más alto posible de salud, una vivienda adecuada, un nombre y una nacionalidad, la educación, la libertad de circulación y la no discriminación.
Son personas que, a título individual o colectivo, trabajan para hacer realidad los derechos recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en las diversas normas que la contienen. Su actuación es pacífica, impulsan el desarrollo, la lucha contra la pobreza, realizan acciones humanitarias, fomentan la reconstrucción de la paz y la justicia, y promueven derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales.
En dicho documento, se hace referencia a “los individuos, los grupos y las instituciones que contribuyen a la eliminación efectiva de todas las violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos y los individuos”.
En ese sentido, y de acuerdo con esta definición general, dentro de esta categoría, pueden ser defensores cualquier persona o grupos de personas que se esfuercen en promover los derechos humanos, desde organizaciones intergubernamentales asentadas en las mayores ciudades del mundo hasta individuos que trabajan en sus comunidades locales.
A pesar de la labor fundamental que realizan a favor de la sociedad, en algunas ocasiones las actividades de los defensores y defensoras implican graves riesgos. En muchos países las personas y las organizaciones dedicadas a promover y defender los derechos humanos y las libertades fundamentales a menudo están expuestas a amenazas y acoso y padecen inseguridad como resultado de su labor. A veces, las amenazas se reflejan en restricciones de la libertad de asociación o expresión o del derecho de reunión pacífica, o abusos en los procedimientos civiles o penales. Estas amenazas y acoso repercuten negativamente en su labor y su seguridad.