14 - 04 - 2021

Sucedió en Ciudad Juárez


 

Una de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ha determinado violaciones con base en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como “Convención de Belem do Pará” ha sido la sentencia del caso González y otras (Campo Algodonero) vs. México.

Esta sentencia, de fecha 16 de noviembre de 2009, crea un precedente en el tema de derechos de la mujer y cómo defenderlos en las Américas. Los hechos que dieron origen a la denuncia, primero ante instancias nacionales en Ciudad Juárez, México, y luego ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos fue la desaparición y posterior violación sexual, tortura y asesinato de tres jóvenes: Laura Ramos, de 17 años; Claudia González, de 20 años y Esmeralda Herrera de 15 años. Estas tres jóvenes no se conocían pero desaparecieron de sus lugares de trabajo y hogares entre septiembre y octubre de 2001.

Familiares de las víctimas acudieron a la policía para realizar la denuncia de las jóvenes desaparecidas, pero en los tres casos fueron subestimadas. En este sentido, la Corte Interamericana, en la sentencia, estableció que las autoridades nacionales se limitaron a realizar labores formales administrativas y no medidas que llevasen a encontrar a las víctimas. En consecuencia, las madres de las jóvenes y sus familias tuvieron que comenzar labores de búsqueda. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos indicó, tanto en la audiencia del caso, como en la sentencia posterior, que “cuando se denunció cada desaparición, los familiares recibieron comentarios por parte de agentes estatales sobre la conducta de sus hijas que consideran influenciaron la inacción estatal posterior”.

El 6 de noviembre de 2001 se encontraron los cuerpos de ocho mujeres en un campo algodonero, tres de ellas fueron posteriormente identificadas como las jóvenes Ramos, González y Herrera, quienes fueron víctimas de abuso sexual, con extrema crueldad y ensañamiento.

Esmeralda Herrera cuando fue encontrada tenía unos 8 a 12 días de haber sido asesinada, mientras que Claudia González y Laura Ramos de 4 a 6 semanas. Las tres, como indicó la Corte, eran mujeres jóvenes, de escasos recursos, trabajadoras o estudiantes, como muchas de las víctimas de los feminicidios en Ciudad Juárez. Además, este órgano internacional estableció que los homicidios de las víctimas se dieron por razones de género y estaban enmarcados dentro de un grave contexto de violencia contra la mujer en Ciudad Juárez, en Chihuahua. La Corte IDH señaló que esta ciudad mexicana se caracterizaba por una situación particularmente crítica de la violencia contra las mujeres desde 1993 y una deficiente respuesta del Estado ante estos crímenes. Ese año se registraron 260 mujeres víctimas de delitos sexuales y contra la vida.

Esta sentencia ordenó a México la estandarización de todos sus protocolos, manuales, criterios ministeriales de investigación, servicios periciales y de impartición de justicia, utilizados para investigar todos los delitos que se relacionen con desapariciones, violencia sexual y feminicidios conforme al Protocolo de Estambul, el Manual sobre la Prevención e Investigación Efectiva de Ejecuciones Extrajudiciales, Arbitrarias y Sumarias de Naciones Unidas y los estándares internacionales de búsqueda de personas desaparecidas, con base en una perspectiva de género.

Como medidas de reparación integral, la Corte solicitó al Estado de México: a) Implementación de un programa de búsqueda y localización de mujeres desaparecidas en el estado de Chihuahua;

b) Creación o actualización de una base de datos que contenga la información personal disponible de mujeres y niñas desaparecidas a nivel nacional;

c) Implementación programas, cursos permanentes de educación y capacitación en Derechos Humanos y género, para la debida diligencia en averiguaciones previas y procesos judiciales relacionados con discriminación, violencia y homicidios de mujeres por razones de género.

Descargar aquí la Sentencia del Caso emitida por la Corte IDH

Este proyecto es una iniciativa de innovación social que ha sido posible gracias al apoyo de @embafrancia en el marco del programa de fortalecimiento del gobierno francés a la sociedad venezolana #PISCCA2020@nadaldiplo @alexbellayerroille