16 - 09 - 2021

El Informe de la Misión ONU-2021


De conformidad con la resolución 45/20 del Consejo de Derechos Humanos, la Misión de Determinación de Hechos para Venezuela, de la ONU, presentó su más reciente informe con detalles sobre los acontecimientos relativos a la situación de los derechos humanos, con especial atención al espacio cívico y al estado de derecho, y sobre la relación de dichos acontecimientos con la aplicación de las recomendaciones anteriores.

El equipo, dirigido por Martha Valiñas, presentó un reporte de 212 páginas correspondiente al periodo del 1 de junio de 2020 y el 30 de abril de 2021. En el documento advirtió el equipo invcestigador que ” A pesar de algunos esfuerzos realizados, las condiciones de detención, entre ellas el hacinamiento, las instalaciones sanitarias e higiénicas inadecuadas y la falta de acceso a una alimentación adecuada, al agua potable, al tratamiento de enfermedades, a actividades útiles y al ejercicio al aire libre, permanecen en general por detrás de las normas internacionales. Las ya precarias condiciones de detención10 se deterioraron aún más en muchos centros de privación de libertad durante el período que abarca el informe, agravadas por la disminución de los recursos financieros, las sanciones sectoriales, la falta de mantenimiento y las medidas adoptadas para prevenir el contagio en el contexto de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19)”.

Otra de las irregularidades detectadas fue: “El derecho de las personas acusadas a ser asistidas por un defensor de su elección fue indebidamente restringido, especialmente por los tribunales antiterroristas. El artículo 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 127 del Código Orgánico Procesal Penal establecen el derecho a la defensa legal. De conformidad con los artículos 139 a 141 del Código, la designación de una defensa privada no está sujeta a ninguna formalidad particular. A pesar de ello, en algunos casos destacados, los tribunales negaron la designación de una defensa privada alegando errores de procedimiento, y solicitaron que se cumplieran formalidades adicionales. En otros casos, las autoridades de custodia habrían impedido el acceso a las defensas legales privadas, impidiendo así la formalización de su nombramiento. Jueces, fiscales y otros funcionarios del Gobierno presuntamente presionaron a algunas personas acusadas para que despidieran a sus defensas privadas y las sustituyeran por defensas públicas”.

Entre varias recomendaciones, la Misión de Determinación de Hechos sobre Venezuela de la ONU, exhortó al Estado venezolano a lo siguiente:

  • Priorice una agenda legislativa orientada a fortalecer la promoción y protección de los derechos humanos, y evite la adopción de leyes y regulaciones desproporcionadamente restrictivas de las libertades fundamentales y del espacio cívico, y revise las regulaciones y leyes adoptadas para asegurar que sean compatibles con las normas de derechos humanos;
  • Garantice que los espacios para la participación de la sociedad civil se mantengan y amplíen, y que cualquier restricción introducida en el contexto de la pandemia de COVID-19 sea estrictamente necesaria y proporcional para mitigar el impacto de la pandemia;
  • Garantice que se den todas las condiciones para la celebración de elecciones libres, justas, pacíficas e independientes
  • Asegure que la acción judicial se guíe estrictamente por los principios de legalidad, debido proceso, presunción de inocencia y otras normas nacionales e internacionales;