02 - 08 - 2016

Actos de tortura y tratos crueles


El 6 y 7 de noviembre de 2014, el Comité Contra la Tortura (CAT), evaluó el grado de cumplimiento del Estado venezolano de la Convención Internacional Contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes (CAT). El 28 de noviembre de 2014, el Comité publicó el Informe de Observaciones Finales. Un año después, el 28 de noviembre de 2015, Venezuela debió presentar el Informe de Seguimiento sobre la implementación de una serie de recomendaciones prioritarias, y se estableció un plazo para que organizaciones de la sociedad civil también presentasen sus principales preocupaciones.

En función de esos compromisos internacionales, una coalición de organizaciones no gubernamentales, instituciones académicas y una representación de la sociedad civil organizada de Venezuela,  participaron en la elaboración del Informe de Seguimiento ante el Comité Contra la Tortura con motivo de las observaciones finales hechas sobre el país.

El informe tiene como objetivo proveer información de seguimiento al CAT sobre las recomendaciones identificadas como prioritarias en aquellas áreas que conciernen directamente al mandato de las organizaciones que suscriben el documento: impunidad; investigaciones y sanciones relativas a los actos de tortura y malos tratos reportados durante las protestas de febrero-julio 2014; y las salvaguardias procesales en el momento y durante la detención.

Las organizaciones que participaron en la redacción del informe son: Asociación Civil Fundación Justicia, Solidaridad y Paz (FUNPAZ); Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Margarita;Centro para la Paz y los Derechos Humanos “Padre Luis María Olaso” de la Universidad Central de Venezuela; Comisión Derechos Humanos de Justicia y Paz del Estado Aragua; Comisión de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia y la Comisión de Derechos Humanos del estado Zulia (CODHEZ); Comité de Familiares de las Victimas de los Sucesos de FebreroMarzo de 1989 (COFAVIC); Comité de Familiares de Víctimas de Abusos Policiales y Militares del estado Anzoátegui (COFIVANZ); Comité Paz y Vida por los Derechos Humanos estado Barinas; Comité Pro Defensa de los Derechos Humanos Familiares Víctimas del estado Falcón (COPRODEH); Comité Pro Defensa de Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos del Ciudadano Público (COPROVIDH); Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres; Proyecto RedDes de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado; Vicaría de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas y la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT).

Las organizaciones lamentan, en principio, que las autoridades venezolanas no hayan transmitido la información de seguimiento requerida por el Comité, prevista para el 28 de noviembre de 2015, y consideran que la ausencia de respuesta es sintomática de la existencia de disfunciones institucionales que persisten a pesar de las recomendaciones hechas.

Se recuerda en el informe que desde 2009, el Estado venezolano modificó el formato de presentación de los informes de los organismos con competencia en materia de derechos humanos y sigue sin dar datos desagregados en función de los derechos humanos vulnerados y otros indicadores de interés estadístico, lo que agudiza la opacidad institucional e impide un efectivo acceso a la información de órganos como el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo y el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC).

En el informe se destaca el hecho de que sigue sin conocerse ni una sola sentencia condenatoria por hechos constitutivos de tortura en los últimos años.  Por ejemplo, el Ministerio Público señaló que en el marco de las manifestaciones desarrolladas durante los meses de febrero-julio 2014, 29 personas habían sido acusadas por casos de tortura y 513 por tratos crueles. 2 años después del inicio de estas investigaciones, no se conoce ninguna condena a los responsables.

Preocupa que en los exámenes practicados por los médicos, se desconozcan las directrices contenidas en el Protocolo de Estambul y que los jueces no admitan ni consideren dictámenes médico/psicológicos practicados por expertos independientes. Estos elementos, junto con el trato discriminatorio y estigmatizante que reciben las víctimas de tortura al denunciar, promueven la impunidad de los actos de tortura o malos tratos en Venezuela, así como la desatención de las víctimas.

El Comité contra la Tortura de Naciones Unidas recomendó al Estado venezolano “adoptar sin demora medidas efectivas para restringir el uso de la detención en flagrancia al momento preciso de la comisión del delito”  y tomar otras medidas para garantizar el disfrute de todas las garantías jurídicas  fundamentales.

Frente a esa recomendación, la coalición de organizaciones manifiesta su profunda preocupación ante la adopción de medidas y prácticas que no están dirigidas a materializar las recomendaciones del Comité y que constituyen un claro retroceso en materia de derechos humanos, tal como lo constituye la Operación para la Liberación del Pueblo (OLP).

En el informe también se destaca el hecho de que en Venezuela se redujo de manera preocupante la tutela de las víctimas. Una de las causas principales es la reforma en 2012 de los artículos 121 y 122 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual limitó las funciones de apoyo y representación legal de las ONG de derechos humanos a las víctimas.

Se recuerda que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido seis (6) sentencias; tres (3) sobre ejecuciones extrajudiciales, dos (2) sobre uso desproporcional de la fuerza pública,  y una (1) sobre desapariciones forzadas y hasta la fecha el Estado venezolano no ha dado cumplimiento a las garantías de no repetición, ni a las acciones compensatorias para las víctimas y familiares en estos casos.