30 - 08 - 2018

¿Dónde están los desaparecidos?


 

«¿Y cuándo vuelve el desaparecido? Cada vez que los trae el pensamiento».

Desapariciones

Rubén Blades

 

El término legal “desaparición forzada” puede resultar impactante, la primera vez que se oye hablar de él, pero la historia humana que subyace en el nombre es básica: las personas desaparecen, literalmente, de su familia y de su comunidad, cuando agentes estatales (o con el consentimiento del Estado) las detienen y después lo niegan o rehúsan decir dónde se encuentran. Muchas veces, las víctimas sufren tortura y viven con el temor constante de ser asesinadas. La familia, por su parte, vive en una situación de absoluta incertidumbre.

En realidad, se trata de un delito de derecho internacional, y de acuerdo con la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, esta práctica se define como “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.”

Por otra parte, la desaparición forzada constituye una violación a los derechos humanos de carácter pluriofensivo porque viola varios de los derechos humanos tanto de la persona desaparecida como de sus familiares, su comunidad y la sociedad en su conjunto. Continuo, porque se prolonga en el tiempo mientras la persona permanezca desaparecida, e incluso cuando aparezca. Imprescriptible, pues así lo determinan los estándares internacionales al configurar una de las más graves violaciones a los derechos humanos.

La desaparición forzada es un método que suele usarse como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos. La sensación de inseguridad e incertidumbre que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos del desaparecido, sino que afecta a su entorno en general.

En efecto, los familiares y amigos de las personas desaparecidas sufren angustia psicológica, porque no saben si su hijo o hija, madre o padre, todavía viven, dónde están recluidos ni qué trato reciben. Buscar la verdad puede significar un gran peligro para toda la familia.

De acuerdo con la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, esta violación la cometen agentes del Estado o personas que actúan en su nombre y se niegan a reconocerlo. Ocultan la suerte y el paradero de la víctima, dejándola fuera del alcance de la protección de la ley.

Casos de desaparición forzada se repiten en muchos lugares del mundo. Si bien, años atrás, fueron principalmente el producto de las dictaduras militares, pueden perpetrarse hoy día en situaciones complejas de conflicto interno, e incluso como método de represión política y es motivo de especial preocupación cuando el mecanismo provoca el acoso de los defensores de los derechos humanos, los parientes de las víctimas, los testigos y los abogados que se ocupan de los casos de desaparición forzada.

El 20 de diciembre de 2006 se aprobó la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, la cual, por cierto, no ha sido ratificada por Venezuela. El 21 diciembre de 2010, la Asamblea General de Naciones Unidas expresó su preocupación por el aumento de las desapariciones forzadas o involuntarias, en cualquiera de sus modalidades, en diversas regiones del mundo, y por el creciente número de denuncias de actos de hostigamiento, maltrato e intimidación padecidos por testigos de desapariciones o familiares de personas que han desaparecido.

Ese mismo día, 21 de diciembre de 2010, se declaró el 30 de agosto como el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas con la idea de recordarle al mundo, tal y como lo establece el derecho internacional de los Derechos Humanos, que “No hay circunstancias excepcionales, tales como estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública, que puede ser invocada como justificación de la desaparición forzada”.

Naciones Unidas recuerda, además, que los Estados deben investigar los actos de desaparición forzada y llevar a los responsables ante la justicia y ninguna ley de amnistía puede subvertir dicha obligación.

La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas tiene el objetivo de evitar las desapariciones forzadas, descubrir la verdad cuando ocurren y garantizar que los supervivientes y las familias de las víctimas obtengan justicia y reparación.

Hay elementos básicos que caracterizan y distinguen toda desaparición forzada: la privación de la libertad de una o varias personas por agentes del Estado o particulares apoyados por éste directa o indirectamente.  La negativa a revelar el paradero de la(s) persona(s) detenida(s) legal o ilegalmente o reconocer la privación de la libertad y la consecuente sustracción de las víctimas a la protección de la ley.