31 - 01 - 2024

Foro por la Vida rechaza nueva amenaza directa a la democracia y los derechos humanos


El Foro por la Vida, coalición venezolana de organizaciones de derechos humanos, fundada en 1998, una vez más rechaza de manera contundente el Proyecto de Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines el cual fue aprobado el 24 de enero de 2024 en primera discusión en la Asamblea Nacional1 y cuyo proceso de consulta pública fue anunciado el pasado 9 de enero del 2024 por Presidente de la Asamblea Nacional, Dr. Jorge Rodríguez, para llevar a cabo una segunda discusión que permita la aprobación definitiva de este instrumento normativo2.

El 12 de enero de 2024, la Asamblea Nacional realizó una reunión en el Hemiciclo3, la cual carece de la credibilidad necesaria para cumplir con lo extremos constitucionales que definen una consulta de carácter legislativo. En esa reunión se emitieron múltiples mensajes criminalizantes y estigmatizantes hacia varias organizaciones de la sociedad civil; ninguno de los representantes del Poder Público presentes en la sesión pidió, el cese de este peligroso discurso que de manera sistemática violenta principios fundamentales como el debido proceso y la presunción de inocencia, exponiendo a altos niveles de vulnerabiliadd y riesgo a personas y a organizaciones defensoras de derechos humanos. En esa ocasión, una vez más se atacó directamente al Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA), la cual es cofundadora de nuestra coalición y que durante 36 años ha dado una contribución de enorme importancia al país en el ámbito de los derechos humanos.

Enfáticamente debemos expresar que este Proyecto de Ley configura una amenaza directa a los principios y obligaciones esenciales de la democracia y contra los derechos humanos. Los ataques, actos de hostigamiento, criminalización y represalias contra ONG y personas defensoras de derechos humanos en Venezuela no son aislados, sino que configuran una política de Estado. Desde el año 2000 se desarrolla una jurisprudencia restrictiva del Tribunal Supremo de Justicia, legislación regresiva e inconstitucional dictada por la Asamblea Nacional, providencias administrativas del Poder Ejecutivo y campañas sistemáticas de descrédito contra personas defensoras y ONG, como parte de los ataques por su accionar independiente y principalmente por ser usuarias de los sistemas de protección internacional, entre ellos, los órganos convencionales y extra convencionales de la ONU relativos al país.

Las ONG desempeñan un rol fundamental de contención por su contribución con la sociedad, en especial con los sectores más desprotegidos. La existencia de una sociedad civil es fundamental en toda democracia. El libre actuar de las organizaciones de la sociedad civil es indispensable para definir a una sociedad democrática. En ese sentido, conforme a la Constitución venezolana y los estándares internacionales, el Estado venezolano tiene la obligación de respetar y proteger el trabajo de las ONG como una expresión democrática de la libertad y los derechos de asociación, libertad de expresión y participación, entre otros.

Reiteramos que las organizaciones sin fines de lucro estamos sujetas en general al cumplimiento de todo el ordenamiento jurídico vigente; y, en particular, estamos reguladas por un marco jurídico para su constitución y actuación, que incluye el cumplimiento de deberes y obligaciones en materia de registro de sus estatutos constitutivos originales y sus cambios en el registro civil (Código Civil); el cumplimiento de los deberes tributarios, tales como registros, libros, soportes y declaraciones de impuestos nacionales y en su caso municipales (Código Orgánico Tributario, Ley de Impuesto sobre la Renta, Ley sobre el Impuesto al Valor Agregado, ordenanzas municipales sobre impuestos a los inmuebles urbanos y tasas de aseo urbano); cumplimiento de obligaciones laborales, incluidos, entre otros los decretos sobre salarios mínimos y aumentos de salarios (Ley Orgánica del Trabajo, Ley sobre Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo y otras); cumplimiento de las obligaciones de inscripción de los empleados en el Seguro Social Obligatorio y de las cotizaciones correspondientes (Ley del Seguro Social Obligatorio). Además, los locales donde trabajan estas organizaciones están obligados a cumplir con las obligaciones y permisos sanitarios, de bomberos y urbanísticas, contenidas en las diversas ordenanzas municipales.4

Naciones Unidas desde el Comité de Derechos Humanos en su último examen al Estado venezolano, recomendó “derogar o abstenerse de adoptar cualquier medida o ley que pueda limitar el ejercicio del derecho a la libertad de asociación o dé lugar a un control indebido de las organizaciones de la sociedad civil o una injerencia a sus actividades” además recomendó “establecer un entorno seguro y propicio para que todas las organizaciones de la sociedad civil puedan realizar sus actividades sin temor a represalias5”

De aprobarse esta ley, todas las organizaciones civiles sin fines de lucro serán afectadas en su viabilidad operativa, dado que serán sometidas a un nuevo y adicional control autorizatorio para obtener su “personalidad jurídica” y poder actuar válidamente.

Las organizaciones que integran el Foro por la Vida expresamos nuestro más contundente rechazo ante esta grave arremetida contra el accionar libre e independiente de las ONG y del derecho de asociación y libertad de expresión. Este Proyecto de ley es inasumible porque es una afrenta contra la Constitución y, de ser aprobado, configura el cierre definitivo del espacio cívico en Venezuela.

Finalmente, las organizaciones que integramos el Foro por la Vida exigimos, una vez más, respeto y garantías para el trabajo de las ONG y los derechos de las víctimas y personas más necesitadas del país; por lo que solicitamos:

  1. Que la Asamblea Nacional retire el Proyecto de ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines, ya que con él se violan los derechos humanos de las personas que defienden derechos y actores humanitarios, reconocidos en los instrumentos internacionales; así como uno de los componentes fundamentales de la democracia.
  2. Que la Asamblea Nacional tome en cuenta todas las observaciones técnicas emitidas por la Academia de Ciencias Políticas y Sociales relativas al Proyecto de ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines, las cuales suscribimos en su totalidad6.
  3. Que el Estado venezolano cese de manera inmediata todas las campañas de descalificación, estigmatización y ataques contra personas y organizaciones defensoras de derechos humanos y muy particularmente en contra de nuestra organización asociada PROVEA.

 

También hacemos un llamado:

  1. A las ONG internacionales, a la sociedad civil especialmente la latinoamericana y europea, líderes/as sociales, organismos de cooperación internacional, misiones diplomáticas y organismos internacionales de protección de los derechos humanos del ámbito universal e interamericano, a fin de que se pronuncien nuevamente rechazando pública y contundentemente este ataque que procura eliminar y cercenar el accionar libre e independiente de las ONG y personas defensoras de derechos humanos en Venezuela.
  2. A los mecanismos de negociación y diálogo para que los países acompañantes y partes vinculadas a esta plataforma expresen su rechazo a la aprobación de la ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines la cual eliminará las capacidades operativas de organizaciones defensoras de derechos humanos y actores humanitarios, lo que afecta directamente a los sectores más vulnerables del país y cerrando el último eslabon de existencia del espacio civico en Venezuela.
  3. A todas nuestras organizaciones pares en Venezuela y a las organizaciones internacionales que están operando en el país a informarse y visibilizar el grave contenido de este Proyecto de Ley y sus lesivas consecuencias para nuestro accionar libre e independiente. Todas debemos saber que de aprobarse esta Ley y pretenderse una aplicación discriminada y selectiva eso no es excluyente para que el piso jurídico de todas aquellas organizaciones que queden funcionando tendrán una débil viabilidad juridica y financiera y solo se sostendrán si se someten a la arbitrariedad y a la restricción frontal de sus derechos de asociación, libertad de expresión e información y de las garantías judiciales mínimas.

 

Suscribimos:

Acción Ciudadana Contra el Sida (ACCSI)

Oficina de Derechos Humanos de Cáritas de Los Teques

Comité de Familiares de Víctimas de los Sucesos de Febrero y Marzo de 1989 (COFAVIC)

Comisión de Justicia y Paz de la Conferencia Episcopal Venezolana

Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH-UCAB)

Centro de Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela

Comité Pro Defensa de los Derechos Humanos Familiares Víctimas del Estado Falcón (COPRODEH)

Conferencia Venezolana de Religiosas y Religiosos (CONVER).

Espacio Público

Oficina de Derechos Humanos del Vicariato Apostólico de Puerto Ayacucho

Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea)

Vicaría de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas.

 

______________

1 Nota de prensa del sitio web de la Asamblea Nacional de 24 enero 2023. Versión digital: https://www.asambleanacional.gob.ve/noticias/an-aprueba-en-primera-discusion-ley-para-regular-las-ong

2 Nota de prensa del sitio web de la Asamblea Nacional de 09 enero de 2024. Versión digital: https://www.asambleanacional.gob.ve/noticias/an-inicia-consulta-publica-de-ley-que-regula-las-ong

3 Nota de prensa del sitio web de la Asamblea Nacional de 12 enero de 2024. Versión digital: https://www.asambleanacional.gob.ve/noticias/proponen-involucrar-al-poder-popular-en-supervision-de-las-ong

4 COFAVIC. Graves restricciones a la Sociedad Civil en Venezuela. 2021. p 13. Versión digital:https://cofavic.org/wp-content/uploads/2021/04/COFAVIC_Graves_Restricciones-a-la-Sociedad-Civil.- 2021DEF.pdf

5 Observaciones finales sobre el quinto informe periódico de la Republica Bolivariana de Venezuela. https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CCPR%2FC%2FVEN%2FCO%2F5&Lang=en

6 Consideraciones jurídicas sobre el Proyecto de Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las ONG y afines. Versión digital: https://www.acienpol.org.ve/consideraciones-juridicas-sobre-el-proyecto-de-ley-de-fiscalizacion-regularizacion-actuacion-y-financiamiento-de-las-organizaciones-no-gubernamentales-y-a